Normas

REGLAMENTO INTERNO HDC-ASTUR

Articulo 1

El presente Reglamento será de aplicación a los socios del HDC- ASTUR y al servicio del Club en los eventos y actividades que organicen y su objeto es facilitar el servicio de los derechos y obligaciones sociales y garantizar el cumplimiento de los fines de la identidad

Articulo 2

El Régimen Disciplinario establecido en el presente reglamento se entiende sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en la cual pudieran incurrir los socios del HDC ASTUR en aquellos eventos o actividades que se realicen, que se harán efectivas según la Ley.

Articulo 3

Los socios tendrán los derechos y obligaciones reflejadas en los estatutos vigentes, debiendo ajustar sus actuaciones especificas al presente reglamento

Articulo 4

Los socios deberán comportarse entre ellos con respeto y corrección. Así mismo se aceptarán las decisiones de la Junta Directiva, y las de la Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria.


Articulo 5

Se consideran Faltas cualquier infracción a lo establecido en los Estatutos y Reglamento de Régimen del HDC ASTUR, estas faltas se clasificaran en tres niveles:

  1. 3 Faltas leves, equivale a una grave
  2. 2 Faltas graves a una muy grave
  3. 1 Falta muy grave tendrá la consecuencia de expulsión del CLUB

Articulo 6 “Faltas muy Graves”

  1. Conductas constitutivas de delito o falta penal
  2. Comisión de cualquier agresión entre socios
  3. El no cumplimiento por parte de los socios de las obligaciones impuestas por la Junta Directiva, Asamblea General o Asamblea Extraordinaria.
  4. La utilización inadecuada de los colores representativos del Club, tanto por parte de los socios de número, aspirantes y los socios familiares.
  5. No llevar los colores representativos del Club, en las salidas, eventos o actos, llevados a cabo por el mismo. Sin causa justificada.
  6. No abonar cuatro cuotas. Sin causa justificada.
  7. La difusión de documentación o información privada del Club.
  8. No acudir a ninguno de los eventos del club (rutas, salidas, concentraciones, comidas, etc…) en el plazo de X tiempo. Sin causa justificada.

Articulo 7 “Faltas graves”

  1. La falta de consideración a los socios
  2. Conducta deshonesta de los socios de número, aspirantes y los socios familiares.
  3. Hacer caso omiso de las indicaciones de los responsables del club en los eventos del mismo, tesorer@, presidente, (Junta Directiva)
  4. No acudir a un viaje/evento, al que previamente el socio se ha apuntado (no se ha borrado de la lista en tiempo estipulado) y cause perjuicio al club en + de X € o al resto de socios. Sin causa justificada.
  5. Tomarse atribuciones del Club que no le correspondan.
  6. Asistir a eventos, salidas, rutas , etc…. de otro club, habiendo un evento del HDC ASTUR a la vez.
  7. Acudir a los eventos del Club en otro medio que no sea la Moto, sin causa justificada.

Articulo 8 “Faltas leves”

  1. La Incorrección entre los socios del Club
  2. No acudir a una ruta/salida/comida al que previamente el socio se ha apuntado ( y no se ha borrado de la lista en tiempo estipulado) y cause un perjuicio al club entre 0 y X € o al resto de socios. Sin causa justificada.

Articulo 9 “Sanciones”

  1. Pérdida de calidad de socio
  2. Apercibimiento
  3. Multa del valor del perjuicio causado (caso de viajes, comidas, etc…)

Articulo 10
El expediente disciplinario, se iniciara por acuerdo de la Junta Directiva, una vez haya tenido conocimiento de la posible infracción. Se constituirá una COMISIÓN DISCPLINARIA, la cual constara de 2 miembros de la Junta Directiva, 2 socios de número y un suplente.
Una vez formada la COMISIÓN se notificará al socio infractor en un plazo de 10 días naturales como máximo del correspondiente expediente.
El socio infractor deberá presentar las alegaciones pertinentes en los 10 días siguientes a su notificación.
La comisión disciplinaria una vez recibidas las alegaciones, citará al inculpado para ser oído en un plazo no superior a 10 días naturales.
Oído al inculpado la Comisión dictara una resolución en los siguientes 3 días notificando la misma por escrito.
Cualquier socio, inmerso en un Expediente Disciplinario, tendrá la obligación de entregar todos los Parches Representativos del HDC ASTUR, en el momento en el cual la COMISIÓN le notifique el mismo. La negativa u oposición a entregarlos será causa de EXPULSIÓN INMEDIATA acordada en ese mismo momento por la COMISIÓN ACTUANTE.
La sanción de perdida de condición de socio, será comunicada a la Asamblea General Ordinaria, o Extraordinaria para su consentimiento una vez acordada.

Articulo 11
El número de socios será ilimitado. La Junta Directiva podrá suspender, la admisión de nuevos socios.
Los socios podrán ser de las siguientes clases:
a) Socios fundadores, que serán aquellos que participen en el acto de constitución de la Asociación.
b) Socios de número, que serán los que ingresen después de la constitución de la Asociación.
c) Socios de honor, los que por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo de la Asociación, se hagan acreedores a tal distinción. La propuesta de nombramiento de los socios de honor corresponderá a la Junta Directiva y será aprobada por la Asamblea General.
d) Socios familiares. Acompañantes de un socio de número.
e) Socios Colaboradores.

Articulo 12
Socios de Número: pagan las cuotas. Con voz y voto.
Socios de Honor: aquellas personas o entidades a quienes el Club, en Asamblea General, les confiera esta distinción y tendrán un puesto de preferencia dentro de los eventos y actividades de Club. Sin voz ni voto.
Socios Aspirantes: aquellos que deberán demostrar durante un periodo mínimo de 6 meses su voluntad manifiesta de querer pertenecer al Club. Con voz, pero sin voto.
Socios Fundadores. Las personas que formaron el Club. Con voz y voto.
Socios Familiares: No pagan las cuotas Acompañantes de un socio de número. Sin voz y ni voto (en las ocasiones que determine la Junta Directiva). También pueden ser socios familiares los hijos de los Socios de Número, o familiar que determinen.
Socios Colaboradores: Acompañan a un socio. Sin voz ni voto

Articulo 13
Socios de número y fundadores tendrán los mismos derechos y obligaciones. Los socios aspirantes tendrán las mismas obligaciones y derechos que los anteriores con las restricciones expuestas en el artículo 12.

Obligaciones

  1. Abonar las cuotas que estipule la Asamblea General (Cuotas mensuales, derramas, concentración anual del Club etc…).
  2. Acatar las disposiciones que dicten tanto la Asamblea general como la Junta Directiva.
  3. Exhibir los colores representativos del Club
  4. Participar en las actividades eventos que realice el Club. A los eventos del Club se ira en moto siempre, salvo causa justificada.
  5. Las comidas, viajes , eventos, etc… se abonarán por adelantado en la cuenta del Club.
  6. Informarse de los eventos y actividades del Club
  7. Acudir a la Asamblea General Ordinaria
  8. Obligación de acudir, pagar y colaborar la concentración anual del HDC ASTUR
  9. Acudir e inscribirse en concentraciones HDC y otras de índole local

* Dos concentraciones HDC (Dando prioridad el CAFÉ)
* Una larga y una corta (Ejem/ Almeria y Cantabria)
* Tres concentraciones HDC (dando prioridad al CAFÉ) Cortas (Ejem/CAFE, Madrid, Castilla y Leon)
* Una concentración HDC (con preferencia el CAFÉ) y tres de índole local. EJEMPLO (CAFÉ, Magaya, HOG ASTURIAS, AKK)

Derechos

  1. Contribuir a los fines del Club.
  2. Conocer y participar en las actividades del Club.
  3. Separarse libremente del Club.
  4. Todo los socios del Club estarán exentos de acudir, a los actos del Club en MOTO pudiendo realizarlo en otro medio, o no ir a los mismos (Solo apartado a,c) por las siguientes causas:

a. Lesión, embarazo, enfermedad.
b. Moto en el taller
c. Razones laborables.

Articulo 14
Para ser admitido como Socio Aspirante será necesario:

  1. Solicitud por escrito a la Junta Directiva
  2. Ser poseedor de una motocicleta HARLEY DAVIDSON
  3. Ser apadrinado por dos Socios

(La figura del padrino será determinante en la entrada de un nuevo socio en el Club, y una vez que sea socio aspirante, el padrino será el responsable de los actos del mismo) .
Obligaciones del padrino:

o Informar de las dudas al nuevo socio.
o Salir y mantener una relación estrecha con el aspirante.
o Proponer a la JUNTA DIRECTIVA, su entrada al Club, al igual que la entrega de las distintas bandas del Club

  1. Satisfacer la cuota de ingreso correspondiente.
  2. Aceptación por escrito de las condiciones impuestas por el Club en la utilización de los colores representativos, y acatamiento a las normas establecidas por el Club, Estatutos y el Presente Regimén
  3. Aceptación por escrito de las condiciones impuestas por el Club para los socios aspirantes.

La admisión como Aspirante y su posterior entrada, si procede en el Club como socio de número, es decisión exclusiva de la Junta Directiva (El resto de socios tendrán voz, sin voto) Los socios serán informados por la Junta Directiva de las solicitudes de ingreso de nuevos miembros, estos en caso de tener algún motivo en contra del ingreso de un nuevo miembro, tienen la obligación de comunicarlo a la Junta Directiva. El contenido de las
deliberaciones de la Junta Directiva será secreto y dictando una resolución (afirmativa o negativa),será firmada por el secretario y presidente. La decisión tiene que ser por unanimidad, (100 %) de la junta directiva. Los votos negativos han de ser justificados.
Al aspirante se le irán entregando los colores de la siguiente manera:
-Una vez aceptada la solicitud por la Junta y a propuesta de los padrinos se le entregarán el parche delantero
-Una vez trascurrido el tiempo que la Junta Directiva determine y propuesto por los padrinos le será entregado el parche trasero Inferior (ASTUR).
Una vez trascurrido el tiempo que la Junta Directiva determine y propuesto por los padrinos le será entregado el parche trasero Superior (HARLEY DAVIDSON CLUB).

-Pasado el tiempo mínimo marcado en estos estatutos(MINIMO DE UN AÑO) para ser Socio de Número, en el momento que la Junta Directiva así lo determina, le será entregado el parche trasero central (Ave Fénix) y los delanteros de cargos ( Cap Ruta, Informátic@, Tesorer@, Secretari@,etc…) si fuera nombrado para ello y pasará a ser Socio de Número.

Socios Familiares :
Derechos:

Contribuir a los fines del club
Separarse libremente del club
Conocer y participar en las actividades que la Junta Directiva determine.

Obligaciones
Acatar las disposiciones que dicte la Asamblea General y la Junta Directiva.

Admisión de Socio Familiar:
Solicitarlo por escrito y ser admitido por la Junta directiva en los mismos términos que el socio de número.
Aceptación por escrito las condicione impuestas por el Club en la utilización de los colores
representativos.
Podrán utilizar la ropa del Club (Camisetas, Sudaderas, gorros,…) previo abono de las mismas exceptuando la ropa exclusiva para los socios de numero

Los socios familiares, no podrán representar ningún cargo de la JUNTA DIRECTIVA, al igual que no podrán formar parte de las elecciones para la elección de la Junta Directiva.

Socios Colaboradores:
No podrán llevar los colores del CLUB

No abonarán cuota de entrada ni mensual.
Podrán utilizar la ropa del Club (Camisetas, Sudaderas, gorros,…) previo abono de las mismas exceptuando la ropa exclusiva para los socios de numero.
No tendrán ni voz ni voto
Los socios colaboradores, no podrán representar ningún cargo del Club, al igual que no podrán formar parte de las elecciones para la elección de la Junta Directiva
Socios de Honor
Podrán utilizar la ropa del Club (Camisetas, Sudaderas, gorros,…) previo abono de las mismas exceptuando la ropa exclusiva para los socios de numero.

Articulo 15
En ningún caso podrá ingresar al HDC-Astur como socio de número cualquier persona que pertenezca a otro Club, a excepción del HGO (Harley Owners Group) durante el primer año de inscripción gratuita por la compra de una Motocicleta HARLEY DAVIDSON

IV SIGNOS DISTINTIVOS

Articulo 16
El HDC-ASTUR tendrá como signos distintivos aquellos que a continuación se detallan.
Parte trasera , parche distribuido en tres partes.
Parte superior: Parche con la leyenda ( Harley Davidson Club) o el que se determine en Asamblea General o determine la Junta Directiva.
Parte Central: Parche con el dibujo de un ave “FENIX”, sobre el cual están tres arcos con la
inscripción “HDC” y a su izquierda “CLUB”.
Parte Inferior: Parche con la leyenda (Astur)

Parte delantera:

  1. Signos distintivos completos:
  2. Socio Fundador.
  3. Parche pequeño colores completos
  4. Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, y cargos que contemple la Junta Directiva.
  5. Los acompañantes familiares, llevaran en la parte delantera izquierda un parche pequeño con los
    colores representativos del Club
  6. Los Socios de Honor, podrán lucir los siguientes signos distintivos del Club:
    Parte trasera, parche redondo con los distintivos del Club
    Parte delantera, parche de regalo del Club
  7. El HDC-ASTUR tendrá como signos distintivos de los socios familiares aquellos que a continuación se
    detallan
    Parte trasera, Parche redondo con los distintivos del Club
    Colores representativos del club. Parte delantera
    Cuando los Socios familiares sean niños se les adaptara el parche a las dimensiones del mismo.
  8. Socios Colaboradores. Parte delantera. Colores representativos del club
  9. Socios de Honor: Parte delantera. Colores representativos del Club

Los Colores del Club (PARCHES REPRESENTATIVOS) son la imagen del mismo y se deberán exhibirse en:
Eventos en los que participe el Club colectivamente o los socios de forma individual siendo una falta muy grave no llevar los colores.
En todos los actos públicos que la Asamblea General establezca o en su defecto la Junta Directiva.
Cuando un socio cause baja en el Club, o se encuentre sometido al régimen disciplinario no podrá hacer uso de los signos distintivos del Club y deberá entregarlos hasta la resolución del mismo.

Los signos distintivos son propiedad del Club el cual los facilita a sus asociados, debiendo ser reintegrados al Club cuando causen baja por aplicación de las normas disciplinarias o por baja voluntaria, y nunca se abonara ningún parche que tenga el socio.
Uso de la imagen del Club
Podran hacer uso del logo del club para realizar merchandaising(Gorras, bolígrafos, mecheros…) los socios del club siempre que sea sin fines lucrativos, y comunicando a la asamblea lo que se pretende hacer.
Nunca se podrán hacer con los colores del club, prendas que puedan dar confusión con los COLORES DEL CLUB,(Ejem/ Camisetas con los colores del club parte trasera, sudaderas, cazadoras…)
Cuando, se reciban regalos por parte de otras personas se comunicara al Club de la existencia de los mismos.

CUOTAS

Articulo 17
Se establece como cuota de ingreso para socios de número 200 €, susceptible de ser modificada, con el objeto de cubrir los gastos de parches, gastos generales de cualquier índole que pudieran concurrir.
Se establece una cuota anual de los socios de número de 84 € (susceptible de cambiarse en el futuro) Las formas de pago serán las siguientes.

  1. Mes a mes mediante domiciliación bancaria.
  2. Anualmente durante el primer trimestre del año mediante transferencia bancaria.